miércoles, 1 enero, 2025
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Edictos, Remates y Publicaciones Oficiales

EDICTO JUDICIAL

El Sr Juez de 1° Inst. Civ. Com. Conc y Flia. de 2° NOM SEC 3 de Villa Carlos Paz Dra. Viviana RODRIGUEZ en los autos caratulados, «PEÑALOZA DE QUINTANA, ROSA SUSANA – USUCAPION MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION» EXPTE 1363254 CITA y EMPLAZA para que comparezcan a estar a derecho en el término de 20 días bajo apercibimiento de Ley respecto del inmueble identificado según título: Lote 13 – Manzana 85, Matrícula 1886651 y según plano de mensura: Lote 19 de la Mzna 85, ubicado en DEPTO PUNILLA, PED SAN ROQUE, COMUNA Estancia Vieja, LUGAR El Bamba, Calle Simon Bolívar s/n. Nom Cat. 23-04-58-37-02-129-019 y DGR 230410885340. REF BOE N°561832 del 22/10/24.

EDICTO

El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, CONCILIACION Y FAMILIA DE 1ª NOM. SEC. 1 DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, PROVINCIA DE CORDOBA ubicado en calle Güemes  N° 275/310 de la ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba en los autos “RAMOS LEANDRO SEBASTIAN – USUCAPION – EXPEDIENTE 9673427” cita a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de usucapión: LOTE DE TERRENO ubicado en Villa Las Jarillas, Pedenia Santiago, Departamento Punilla de la Provincia de Córdoba, designado con el N° 6 de la manzana “M”, cuya superficie es de 1.200 mts cuadrados, contando en su frente con 30 mts lineales y 40 mts de fondo. El mismo linda al N.E. con la parcela número 005, al S.O. con la parcela número 007 y al N.O con parte de los fondos de las parcelas 002 y 003 todos ellos de la misma manzana. Inscripto en el Registro General del a Provincia a matrícula 1061204, cuenta número 230504264331. Que dicho lote linda de frente al Sureste con Ruta Provincial, de contrafrente al Noroeste con Parcela 002, CTA 2305-0966790/5: propiedad de CASTELLANO RUBEN JULIO y con parte de la Parcela 003, CTA 2305-0426432/2: propiedad de MERGUI ORTIZ ALBERTO; al Noreste con Parcela 005, CTA 2305-0426429/2: propiedad de RICO MOLLARD CARMEN; y al Suroeste con Parcela 007 CTA 2305- 0966791/3: GARCIA GENTILE ADRIANA MARIA MARCELA. Asimismo, se ha procedido a la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba con el número de identificación 552881, los día 13/09/2024; 19/09/2024; 25/09/2024; 01/10/2024; 07/10/2024; 14/10/2024; 18/10/2024; 24/10/2024; 30/10/2024 y 05/11/2024.

EDICTO JUDICIAL

El Sr Juez de 1°Inst. Civ.Com.Conc y Flia. de 2°NOM SEC 3 de Villa Carlos Paz Dra. Viviana RODRIGUEZ, CITA y EMPLAZA a los demandados sucesores de Ruperto REYNOSO: Antonia Leonor CUELLO, Miguel Ángel REYNOSO, Juan Domingo REYNOSO y Patricia REYNOSO en los autos caratulados “PEÑALOZA DE QUINTANA, Rosa Susana s./USUCAPIÓN – EXPTE 1363254” para que en el término de veinte (20) días (art 165 CPCC) comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. REF BOE 561832 y 566432.-

EDICTO

El señor Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de 2ª Nominación de la ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, Secretaría a cargo de la Dra. GRACIANA MARIA BRAVO, en los autos caratulados: “CRUCES HECTOR ARIEL Y OTRO – USUCAPION – – EXPTE N° 7821778” ha dictado la sig. resolución: CARLOS PAZ, 24/11/2021. Admítase la demanda de Usucapión, a la que se imprimirá trámite de juicio ORDINARIO. Cítese y emplácese a los demandados NELIDA MIRTHA CHAPARROTTI Y SUSANA ESTER CHAPARROTTI para que en el término de TREINTA días comparezcan a estar a de bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese. Cítese en la calidad de terceros interesados a la Provincia, a la Municipalidad y a los colindantes Sres. CZECH, DANTE; CHAPARROTI, ZULMA; CHAPARROTI MANUELA; CHAPARROTI, HILDA y FEDERACION ARGENTINA DE CUEROS Y AFINES mencionados presentación de fecha 26/10/20 para que comparezcan en un plazo de 30 días, haciendo saber incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Notifíquese (art. 784 CPC). Para aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, publíquense edictos en el Boletín oficial y en un diario a elección de la parte actora debiendo di diario ser de tiraje local (atento la situación real del inmueble objeto de usucapión) y conforme dispone el art. 783 CPCC, por diez veces y a intervalos regulares dentro de un período de treinta días bajo apercibimiento de rebeldía (art. 783 ter). Exhíbanse los edictos en el avisador de este tribunal en la Municipalidad correspondiente a cuyo fin ofíciese, siendo obligación del actor acreditar tal circunstancia con la certificación respectiva (art. 785 CPCC). Ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a los fines de colocar el cartel indicativo con las referencias necesarias respecto del presente, e se deberá colocar y mantener durante toda la tramitación del proceso, siendo a cargo de actores, (art.786 del C.P.C). Atento lo dispuesto por el art. 1.905 de la CCCN, trábese la medida cautelar de anotación de litis a cuyo fin, ofíciese, debiendo tener presente al efecto la aplicación del Registro General de la Provincia (Acuerdo Reglamentario N° 1587 Serie A del TSJ de fe 02/09/19). Recaratúlense los presentes. Procédase a incorporar por SAC en el apartado observaciones, a la parte contra quien se dirige la acción. FDO Dra. Viviana RODRIGUEZ (Juez). Se transcribe la descripción del inmueble: Un inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal ubicado en el Departamento Punilla, Pedanía San Roque del Municipio de la Ciudad de Villa Carlos Paz designándose como unidad funcional “A” correspondiente al Lote 2 de la Manzana Oficial H, con superficie de terreno según mensura de Novecientos treinta metros con noventa y un decímetros cuadrados, con nomenclatura catastral D, 23P. 04L. 55 C. 37 S. 01 M 017 P. 008 PH 001.- Con una superficie cubierta parcial: en ubicación planta baja, Posición ONCE, designación Hostería, de TRESCIENTOS DIECISEIS METROS NOVENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS, superficie cubierta parcial en ubicación Planta Alta, Posición DOCE, sin designación, de CUATRO METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, superficie cubierta parcial en ubicación Planta Alta, Posición TRECE, designación, de CUATRO METROS NOVENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS y superficie cubierta parcial en ubicación Sótano, Posición CATORCE, sin designación, de DIEZ METROS OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS, Superficie Cubierta Propia Total de TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS VEINTITRES DECIMETROS CUADRADOS, Superficie descubierta común de uso exclusivo parcial e ubicación Planta Baja, Posición QUINCE, designación Patio de SESENTA Y CINCO METROS CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS y superficie descubierta común de uso exclusivo parcial en ubicación Planta Alta, Posición DIECISEIS, designación Terraza de SESENTA Y SIETE METROS CINCUENTA Y OCHO DECIMETROS CUARADOS. Superficie descubierta común de uso exclusivo total de CIENTO TREINTA Y TRES METROS QUINCE DECIMETROS CUADRADOS. Le corresponde un Porcentual de CUARENTA Y SEIS enteros CINCUENTA Y NUEVE centésimos por ciento (46,59%). Inscripto en el Registro General de la Provincia en matrícula 164020/1.-Villa Carlos Paz 15 de noviembre de 2024.

Texto Firmado digitalmente por:

CHAVEZ Maria Agustina

PROSECRETARIO/A LETRADO

Fecha: 2024.11.15

RODRIGUEZ Viviana

JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA

Fecha: 2024.11.15

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