jueves, 24 abril, 2025
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Escuela de Yoga de Buenos Aires: ratificaron los procesamientos de 17 personas acusadas de formar una «secta sexual»

La Justicia confirmó nuevamente el procesamiento de las 17 personas acusadas de los delitos de «asociación ilícita«, «trata de personas con fines de explotación sexual» y «lavado de activos«, en el marco de la causa conocida como «La Secta del Horror», en la que se investiga una presunta organización criminal internacional que funcionaba en la Escuela de Yoga Buenos Aires (EYBA), en el barrio porteño de Villa Crespo.

Según la investigación, los imputados comandaban una organización coercitiva, quienes bajo el aparente estudio de la filosofía de yoga, explotaba a sus discípulas con personas de elevado poder económico en un edificio ubicado en la calle Estado de Israel al 4457. Además, están acusados de manejar una «clínica ilegal» donde presuntamente los alumnos eran sedados durante días mediante el uso de diversas drogas.

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La organización funcionó durante décadas en el país, se estima que al menos desde principios de los años noventa, hasta que fue desbaratada el 12 de agosto de 2022, cuando se realizaron alrededor de 50 allanamientos simultáneos en sus distintas sedes y en los domicilios de sus líderes.

Ahora, la decisión de ratificar los procesamientos de los implicados fue tomada por los integrantes de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, está en línea con una resolución dictada en diciembre pasado por el juez federal Ariel Lijo, en sintonía con el pedido realizado por el fiscal Carlos Stornelli, y los cotitulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Alejandra Mángano y Marcelo Colombo.

El principal señalado es Juan Percowicz, conocido como “El Maestro” o “El Ángel”, actualmente de 86 años, acusado de liderar la agrupación para atraer personas con promesas de “mejoras espirituales” y luego someterlas a la servidumbre o, en algunos casos, ofrecer servicios sexuales a personas millonarias o con mucha influencia y vínculos con el poder.

Los demás imputados en la investigación son Marcela Sorkin, María Susana Barneix, Ruth Viviana London, Susana Mendelievich, Mario Alberto Leonardo, Gustavo Aníbal Rena, Georgina Ivonne Hirschfeld, Marcela Argüello, María del Carmen Giorgi, Daniel Eloy Aguilar, Alicia Arata, Silvia Alicia Herrero, Luis Romero, Horacio Vesce, Daniel Gustavo Trepat Fryd y Federico David Sisrro.

Por otro lado, la Cámara, también acorde a la postura del Ministerio Público Fiscal (MPF), revocó el sobreseimiento de uno de los imputados, que se desempeñaba como médico clínico en el supuesto «Centro Médico Integral». Se trata de la presunta clínica donde supuestamente las víctimas eran dormidas con psicofármacos.

Cabe señalar que durante los operativos que se realizaron hace más de dos años y medio, se incautaron más de un millón y medio de dólares, joyas y monedas de oro. De acuerdo a lo estimado en la investigación, el grupo contaría con un patrimonio de al menos 50 millones de dólares, depositados en cuentas radicadas en Estados Unidos.

El dinero conseguido por los delitos cometidos ingresaba al circuito legal mediante inmobiliarias y una escribanía que pertenecía a BA Group, por lo que el entramado es aún más complejo. El lugar se vendía como una “escuela filosófica” que tenía el fin de terminar con “los males del SIDA y las drogas” y realizar el “desarrollo de la felicidad”.

Secta de Villa Crespo: la resolución judicial

A través del sitio de noticias judiciales de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar, se informó que el juez Lijo elevó a juicio el primer tramo de la causa en septiembre de 2023. Posteriormente, y por pedido de las defensas, la Cámara decretó la nulidad de la elevación a juicio y le ordenó que evaluara la prueba producida con posterioridad al dictado de los procesamientos. A partir de eso, el magistrado volvió a revisar la prueba y confirmó lo que ya había dispuesto en el caso oportunamente.

Tanto Stornelli, como Mángano y Colombo, señalaron que si bien la vista conferida se limitaba a valorar aquello producido con posterioridad a los procesamientos, “solo un análisis que pusiera en relación la prueba recolectada durante todo el caso arrojaría luz sobre los hechos que se investigan”. Así, resaltaron la referencia a su vinculación con lo ya valorado y destacaron que en la causa se investigan numerosas ilegalidades además de la trata de personas y una presunta organización criminal de carácter internacional.

El reciente fallo del tribunal de alzada tuvo los votos en mayoría de los jueces Roberto Boico y Martín Irurzun y, en minoría, del magistrado Eduardo Farah.

El camarista Irurzun sostuvo que «las hipótesis que conforman el objeto de esta causa se cimentaron en múltiples indicios que construyeron la imputación. Es precisamente sobre ellos que las defensas guardan silencio, pretendiendo limitar el debate al confronte entre el estudio del Cuerpo Médico Forense y el informe presentado por la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (Datip) para omitir pronunciarse sobre cualquiera de todas las otras constancias materiales».

En tanto, agregó: «Los indicios de cargo existentes habilitan el mantenimiento de los procesamientos (…), y será en la -hasta ahora eventual- etapa de juicio donde habrán de darse el amplio debate que proponen confrontándose las pruebas que ambas partes invocan en apoyo de sus pretensiones».

También hicieron referencia al informe elaborado por la DATIP, que sostuvo que el análisis de las pericias debía realizarse en conjunto y no en forma individual e inconexa, teniendo en consideración que no se trata de víctimas de hechos aislados sino que, por el contrario, fueron explotadas bajo la misma modalidad y con la característica especial de integrar una organización de tipo coercitivo.

Asimismo, sostuvieron que no era posible determinar con anterioridad que un caso de victimización sexual redundara en el hallazgo de síntomas detectables mediante una pericia y que su presencia no determinaba la existencia o no del hecho que se investiga sino solo el estado mental de la víctima. En este contexto, la causa sumó un paso más cercano a una eventual elevación a juicio.

FP / Gi

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